Tribunal Supremo Electoral suspende la calificación y oficialización de resultados de Elecciones Generales 2023

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), informó que fue notificado el 1 de julio de 2023, de la resolución emitida de amparo emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC).

El máximo ente electoral, manifestó que según lo regulado en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), las audiencias de revisión de escrutinios culminaron el 30 de junio. Sin embargo, tras la resolución la CC habilitó “de nueva cuenta, un período de 5 días donde las Juntas Electorales Departamentales deberán organizarse para llevar a cabo las audiencias de escrutinios, guardando rigurosamente las formas y requisitos que la ley especial de la materia les impone, con la presencia de los actores que determina la ley”.

La Junta Departamental de Guatemala inició a realizar las convocatorias respectivas para efectuar las nuevas Audiencias de Revisión de Escrutinios, según lo ordenado por la máxima Corte del país, aunque la JDEG afirma que aún no tiene horarios y días.

Extraoficialmente se conoce que las convocatorias son para el martes 4 de julio en distintos horarios, aunque las primeras serán a las 8 de la mañana; en el parque de la Industria, pues allí está el Centro de Operaciones y donde se resguardan las cajas electorales.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), informó que en congruencia con lo antes indicado, “este órgano electoral con fecha de hoy resolvió que en ejecución de los resuelto por la Corte de Cnstitucinalidad y en tanto se dilucidan las situaciones aludidas en su resolución, este órgno colegido suspende la calificación y oficialización de resultads de las Elecciones Generales realizads el veinticinco de junio de dos mil veintitrés”.

En la comunicación emitida por el TSE, también se expresa que esta institución “es menester traer a colación el deber que impone el principio de velar por la pureza del proceso electoral, que se concatena con la función del Tribunal Supremo Electoral de procurar seguridad y certeza jurídica, deberes a los que el Tribunal ha sometido el evento electoral recién pasado, donde la administración e integridad de las elecciones fueron dotadas de las herramientas tecnológicas y logísticas modernas y científicas para proteger el régimen democrático del país”.

La resolución de la CC también contempla remitir copia certificada del escrito de interposición del amparo de mérito y documentos adjuntos a la Corte Suprema de Justicia, constituida en Tribunal de Amparo, para que continúe con el trámite de la garantía constitucional instada.

La resolución de la CC indicaba que el TSE debía suspender la calificación y oficialización de resultados a efecto de que, para la fecha prevista para la segunda vuelta para elección presidencial, todo haya quedado debidamente depurado.

Pero cómo surge el amparo provisional otorgado por al Corte de Constitucionalidad, y es que éste fue promovido contra el Tribunal Supremo Electoral por los secretarios generales de los partidos:

  1. Cambio
  2. Mi Familia
  3. Valor
  4. Podemos
  5. Vamos
  6. Creo
  7. UNE
  8. Cabal y
  9. Azul
    Las agrupaciones consideraron que “existe riesgo y amenaza inminente de que se realice adjudicación de cargos a elección popular sin haber entrado a conocer las juntas electorales departamentales, los vicios contenidos en ls actas manuscritas, actas digitalizadas y consecuentemente, subsistentes al efectuarse la revisión de escrutinio a nivel nacional”.

Tras conocerse el recurso planteado, el Pleno de Magistrados de la CC otorgó amparo provisional y ordenó un serie de acciones a las Juntas Electorales Departamentales y Distrito Central, además al Pleno.

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