Reformas al Código Procesal Penal recibe dictamen favorable en el Congreso
| Hace unos meses, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) presentó la iniciativa 6708 ante el Congreso de la República, que busca reformas al Código Procesal Penal para que se constituya doctrina legal que permita constituirse como jurisprudencia y ser empleada en casos penales. |
La propuesta señala que la Reforma Procesal Penal realizada hace más de treinta años, vino a variar el sistema procesal de administración de justicia penal. “Presenciamos a una transformación radical en aquel tiempo, cuando la responsabilidad de los jueces, los fiscales y los defensores estuvo en el centro de atención, por la novedad del juicio oral y público”, afirma la iniciativa.
Además, continúa “con el transcurso del tiempo y de todo el trabajo realizado desde aquel momento, se hace necesario dotar a la Corte Suprema de Justicia, de una normativa actualizada con mecanismos de coordinación y administración que adapten la norma penal a los tiempos actuales”. Bajo la premisa anterior, el presidente de la Comisión de Reformas al Sector Justicia, Álvaro Arzú informó que la reforma buscaría que con cinco fallos consecutivos se cree doctrina legal, es decir, que se considere jurisprudencia y de esa forma los actores de justicia puedan hacer uso de ese recurso ante procesos penales.
En ese sentido, se establece la necesidad de formular las reformas, adiciones o modificaciones de los artículos 389, 419, 441, 443 Y 455 del Código Procesal Penal, por lo que ahora se asiste a su reforma legal, con el propósito de institucionalizar su correcta implementación, con una normativa procesal eficiente y eficaz.
La jurisprudencia como fuente formal del Derecho debe encontrarse representada en la doctrina legal en sentido restringido, a través de cinco fallos uniformes del Tribunal de Casación dictados en un mismo sentido, en casos similares y no interrumpidos por otro en contra rio que hayan obtenido como mínima el voto favorable de la mayoría de magistrados de Cámara Penal, como una expresión de la interpretación y aplicación del Derecho Penal reiterada en los fallos del Tribunal de Casación de conformidad con lo que establece el artículo 2 de la Ley del Organismo Judicial al preceptuar que la Doctrina Legal del Tribunal Supremo de la jurisdicción ordinaria, integrara una fuente del Derecho. Ahora deberá continuar el proceso legislativo hasta lograr los votos en el Pleno. Tras ser agendada en Jefes de Bloque.
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