Presidente Alejandro Giammattei vetó la Ley de Vacunación

La polémica ley aprobada en el Legislativo, que provocó una serie de acciones sociales y protestas fue vetada, por el mandatario Alejandro Giammattei según informó durante un mensaje a la nación.

El jefe de Estado, informó que en Consejo de Ministros se decidió vetar el Decreto 6-2022, Ley de Vacunación que aprobó el Congreso de la República y que provocó el rechazo de la población guatemalteca. Giammattei señaló que la ley fue devuelta al Legislativo.

El mandatario aseveró que la ley promovía la vacunación como voluntaria, pero luego se convertía en obligatoria, lo cual es improcedente. Además durante su mensaje mencionó que la ley obligaba a los centros escolares públicos a mantener un registro de los niños vacunados. Giammattei instó a los diputados a analizar la normativa para que se modificará y brinde certeza jurídica para los guatemaltecos.

Dicha normativa tenía como objetivo garantizar a los guatemaltecos la protección contra enfermedades inmunoprevenibles, a través de su administración universal.

Se establecía que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), es el ente rector de la inoculación, sobre el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y las municipalidades.

La ley también contemplaba que a través del Programa de Inmunizaciones se establecerá el Esquema Nacional de Vacunación. 

Estas son las razones para el veto: 

  • La ley no observa los principios de equidad e igualdad regulados en la Constitución Política de la República de Guatemala e involucra a entidades que no tienen que ver con el Plan de Vacunación. 
  • Incurre en una extralimitación de funciones al Ministerio de Salud al pretender que sea rector en Salud de otras instituciones como el IGSS y las municipalidades.
  • Las funciones atribuidas al Programa de Inmunizaciones tal  y como está en la ley implican una modificación de la estructura orgánica y presupuestaria de toda la cartera ministerial.
  • En cuanto a la naturaleza del Esquema Nacional de Vacunación, entra en una contradicción al presentarlo primero como una recomendación para luego convertirlo en una obligación.
  • Hay falta de certeza jurídica en la integración del Consejo Nacional de Práctica de Inmunizaciones. Al darle derecho de voz y no de voto a los ministerios de Salud y Finanzas como tampoco al IGSS deja en estado de vulnerabilidad al Estado, entre otras razones.
  • Establecer que el Programa de Inmunizaciones suscriba convenios riñe con la Constitución ya que la función pública no es delegable, corresponde a la autoridad superior del MSPAS. 
  • Genera falta de certeza jurídica en la recepción y destino de los datos de vacunación y vigilancia epidemiológica al no determinar la entidad responsable.
  • Al imponer la obligación para los establecimientos educativos de contar con un registro de vacunación de alumnos, vulnera el principio de voluntariedad y establece otra falta de certeza jurídica al no regular lo relativo a estudiantes que carecen de la vacuna.
  • Abre las puertas a una inconstitucionalidad al no establecer una fuente de financiamiento del Programa de Inmunizaciones que no es dependencia administrativa. 
  • El artículo que regula las derogatorias contraviene la ley del Organismo Judicial al establecerlas en abstracto. 

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