La Corte de Constitucionalidad deja en firme fallo y solo 2 secretarías mantienen inmunidad

Tras una acción presentada ante la Corte de Constitucionalidad (CC), por parte de los abogados Diego y Ricardo Sagastume, inicialmente se conoció de la resolución que otorgaba la calidad de inmunidad únicamente a la Secretaría General y Secretaría Privada ambas de la Presidencia de la República.
Posteriormente, se presentó una acción de ampliación y aclaración por parte del presidente Bernardo Arévalo, a través de los abogados Mario Ernesto Argueta Siliezar y Martín Berganza Dary. 

Este 10 de abril, se conoció que la CC resolvió “sin lugar”, la petición del mandatario Arévalo.

Bajo la premisa anterior, el abogado Diego Sagastume indicó que “quedo en firme la sentencia en la que se decreta la inconstitucionalidad del derecho de antejuicio otorgado a los titulares de las siguientes secretarías: Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia; Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia; Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia; y, Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República.”
La resolución hace referencia a los contenidos en la Ley del Organismo Ejecutivo, decreto 114-97 del Congreso de la República (artículos 11, 12, 14 y 14 TER).  

Visitas: 30

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *