Sentencia condenatoria contra exalcalde de Chinautla, Arnoldo Medrano por caso Vivienda Digna

En un segundo proceso penal y con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía contra la Corrupción, el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente dictó sentencia condenatoria contra el exalcalde de Chinautla, Edgar Arnoldo Medrano Menéndez, por el delito de abuso de autoridad, dentro del caso denominado “Vivienda Digna”.
El Tribunal impuso una pena de tres años de prisión y la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el mismo período.

La resolución fue emitida luego de que la fiscalía demostrara en debate que, cuando el sentenciado se desempeñaba como jefe edil de Chinautla, conformó indebidamente una junta de cotización mediante acta de fecha 1 de febrero de 2013, dentro del evento “Construcción de vivienda digna área urbana y rural, municipio de Chinautla, departamento de Guatemala”, por un monto de Q10 millones.

De acuerdo con la normativa municipal, dicha designación correspondía al concejo municipal; sin embargo, el entonces alcalde realizó el nombramiento e incluyó en la junta a dos empleados públicos que tenían prohibición legal para integrarla, uno por ser parte interesada en el proceso y otro por haber tenido participación previa en el mismo.

Posteriormente, mediante acta 28-2013, de fecha 15 de marzo de 2013, abusando de su cargo, aprobó la adjudicación del evento, función que también era competencia exclusiva de la Corporación Municipal.
Antecedente: 
En el 2023, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad revocaron un amparo provisional al ex alcalde de Chinautla Arnoldo Medrano y en definitiva decidieron rechazar la acción con lo cual dejan en firme la decisión de la Sala Tercera de Apelaciones de repetir el juicio en su contra por el caso Vivienda Digna.

En el año 2019, el Tribunal Décimo Tercero de Sentencia Penal decidió absolver y dejar en libertad a Medrano al considerar que no había pruebas suficientes de que este había desviado 10 millones de quetzales para la construcción de 200 viviendas en Chinautla, de las cuales solamente se construyeron galeras según la investigación del Ministerio Público (MP).
La fiscalía apeló la decisión y la Sala determinó que el Tribunal no había evaluado bien las pruebas presentadas, pues había suficientes indicios que ameritaban una posible sentencia contra Medrano, por lo que ordenó que el juicio se repitiera en otro tribunal.

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