Restricción de ingreso de algunos países a EEUU por seguridad nacional a partir del 01 de enero de 2026

 
En el documento publicado por el Departamento de Prensa de la Casa Blanca se indica: 
“La política de Estados Unidos es proteger a sus ciudadanos de extranjeros que pretendan cometer ataques terroristas, amenazar nuestra seguridad nacional y pública, incitar a crímenes de odio o explotar las leyes de inmigración con fines malintencionados. 

Estados Unidos debe ejercer extrema vigilancia durante los procesos de emisión de visados e inmigración para identificar, antes de su admisión o entrada en Estados Unidos, a los extranjeros que pretendan perjudicar a los estadounidenses o a nuestros intereses nacionales. El Gobierno de los Estados Unidos debe asegurarse de que los extranjeros admitidos no tengan la intención de amenazar a sus ciudadanos; socavar o desestabilizar su cultura, gobierno, instituciones o principios fundacionales; o abogar, ayudar o apoyar a terroristas extranjeros designados u otras amenazas a nuestra seguridad nacional.”
Sin embargo, la orden ejecutiva también cuenta con algunas excepciones como los atletas que viajarán a Estados Unidos para su participación en el Mundial de la FIFA 2026.   Y algunas otras excepciones que se muestran en el documento. 	

La orden ejecutiva cuenta con varias secciones, pero en la 2 y 3 incluye a los países con suspensión total o limitada para su ingreso a EEUU.
Sec. 2. Suspensión total continuada de la entrada para nacionales de países de interés identificado. 
La entrada en Estados Unidos de nacionales de los siguientes países sigue suspendida y limitada según lo establecido en la Proclamación 10949 y en la presente declarada, sujeto a las excepciones categóricas y exenciones caso por caso en la proclamación:

(a) Afganistán;
(b) Birmania;
(c) Chad;
(d) República del Congo;
(e) Guinea Ecuatorial;
(f) Eritrea;
(g) Haití
(h) Irán.
(i) Libia.
(j) Somalia;
(k) Sudán; y
(l) Yemen.

Sec. 3. Suspensión parcial continuada de la entrada para nacionales de países de interés identificado.

La entrada en Estados Unidos de nacionales de los siguientes países sigue suspendida y limitada según lo establecido en la Proclamación 10949 y en la presente declarada, sujeto a las excepciones categóricas y exenciones caso por caso descritas en la sección 6 de esta proclamación:
(a) Burundi;
(b) Cuba;
(c) Togo; y
(d) Venezuela.

Además, existe la suspensión total de la entrada para nacionales de países de interés identificados. A continuación, los países que tienen suspendido y limitado el ingreso a Estados Unidos.

• Burkina Faso
• Laos
• Malí
• Níger
• Sierra Leona
• Sudán del Sur
• Siria
• Palestina (debido a los grupos terroristas designados por Estados Unidos que operan activamente en Cisjordania o la Franja de Gaza y han asesinado ciudadanos estadounidenses).
• Angola
• Antigua y Barbuda
• Benín
• Costa de Marfil
• Dominica
• Gabón
• Gambia
• Malaui
• Mauritania
• Nigeria
• Senegal
• Tanzania
• Tonga
• Turkmenistán
• Zambia
• Zimbabue

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