Rector de la UPANA comisionado para el TSE “tiene más de 20 años dedicado a la educación”, afirmó
Luego que el diputado de la bancada VOS, José Chic, presentará un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC), contra la designación por las universidades privadas del Rector de la UPANA, Mynor Herrera, por su designación ante la Comisión de Postulación para el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Se conoció que la CC denegó el amparo provisional solicitado con lo cual, la designación de Herrera continúa en firme. Sin embargo, la acción legal fue remitida a un juzgado de primera instancia para ser diligenciado.
Mientras tanto, el Rector de la Universidad Regional, Mynor Cordón, indicó que la Instancia de Foro de Rectores no cuenta con una representación legal, sino únicamente una Presidencia Pro Tempore, por lo que deberán informar al tribunal para que se corrija la información.
Cordón, afirmó que durante la designación de Rectores se discutieron los supuestos impedimentos, entre ellos, el académico confirmó que el Rector Herrera manifestó no tener impedimento.
El Rector de UPANA, negó que consideré una renuncia afirmando: “de ninguna manera, tengo todo mi derecho de participar”.
El procedimiento de elección fue alzando la mano, afirmó Cordón, aunque se realizó un acta. Y de esa forma se eligió al representante titular de las universidades privadas.
La nota de respuesta se hará llegar al ente legal que corresponde, porque se debe aclarar que no existe un representante legal, afirmó Cordón.
El rector de la UPANA, Mynor Herrara, designado como comisionado titular ante la Comisión de Postulación para la integración de la nómina de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
“yo tengo más de 20 años de estar dedicado a la educación, no tengo el privilegio de estar a cargo de una iglesia, lo cual considero un privilegio”.
El Consejo de la Universidad está integrado por los decanos, según explicó Herrera, todos son profesionales universitarios la mayoría con grado de doctorado, que no hay pastores o sacerdotes sino profesionales.
El argumento empleado por Chic es que la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), en el Artículo 138 indica que no pueden ser miembros de la Comisión de Postulación “los ministros de cualquier religión o culto”. Sin embargo, las calidades deberán ser documentadas conforme a derecho corresponde.
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