Presidente arremete contra el juez Fredy Orellana

La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, informó que el presidente Bernardo Arévalo presentó denuncia contra el Juez Fredy Orellana ante la Junta de Disciplina Judicial. 

Se indica que en la “denuncia se hacer ver a la Junta que el Juez Orellana, al emitir la resolución de 25 de octubre de 2025 por la que declaró la nulidad absoluta del comité pro formación del Movimiento Semilla y remitió oficio al Congreso de la República y Registro de Ciudadanos, incurrió en falta grave al variar las formas del proceso y sus incidencias (art.41, literal l) de la Ley de la Carrera Judicial) y en falta gravísima al “interferir en el ejercicio de funciones de otros organismos de Estado, sus agentes o representantes” (art.42, literal h) de la Ley de la Carrera Judicial)”.
Según la Presidencia, en la resolución se debe establecer “la responsabilidad disciplinaria por la emisión de la resolución de fecha veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), la cual constituye: a) falta grave, de conformidad con el artículo 41, inciso): y. b) falta gravísima, de conformidad con el artículo 42, inciso h): ambos del Decreto Número 32-2016 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Carrera Judicial, estableciéndose que la sanción a imponer es la de destitución e inhabilitación para ejercer cualquier cargo en el Organismo Judicial, según lo regulado en el artículo 43, inciso d) de la referida ley.

XII. Que. al determinar la sanción correspondiente, se proceda de conformidad con lo XII. XIV. regulado en el artículo 58 del Decreto Número 32-2016 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Carrera Judicial.

Que se certifique lo conducente al Ministerio Público, por existir indicios de
responsabilidad penal por los delitos de prevaricato, resoluciones violatorias a la
constitución, abuso de autoridad, usurpación de atribuciones y cualquier otro que se considere, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 64 del Decreto Número 32-2016 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Carrera Judicial. Que se realicen las declaraciones que en derecho correspondan.”

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