La CIDH informó del Acuerdo de Solución Amistosa entre el Estado y Jordán Rodas
| La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), informó de la aprobación y publicación del Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) de la Petición 1198-23 Augusto Jordán Rodas Andrade, a través de su Informe de Homologación No. 270/25. |
Por parte del Estado de Guatemala, aún no se publica la solución amistosa alcanzada, ni los detalles de la compensación económica que se detalla en la publicación de la CIDH. La publicación indica:
“el caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por el establecimiento de restricciones a los derechos políticos de Augusto Rodas, que le impidieron participar como candidato al cargo de Vicepresidente de la República en las elecciones de 2023.
Las restricciones fueron impuestas por autoridades administrativas y se basaron en denuncias por la presunta comisión de delitos, que no le fueron notificadas, ni investigadas y tampoco derivaron en una sentencia que determinara su responsabilidad. Los recursos interpuestos por el señor Rodas para impugnar dichas restricciones fueron declarados improcedentes por las autoridades judiciales de Guatemala. No obstante, el 26 de junio de 2025, las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa en el que el Estado reconoció su responsabilidad internacional por la violación de los derechos políticos, presunción de inocencia, publicidad del proceso y protección judicial, contenidos en los artículos 23, 8.2, 8.5 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).”
El ASA firmado indica que “el Estado se comprometió a implementar diversas medidas de reparación integral, consistentes en:
* la realización de un acto de disculpas públicas y reconocimiento de responsabilidad internacional,
* la celebración de un foro académico y dos talleres sobre la compatibilidad de estas restricciones con las Convención Americana y la independencia del Tribunal Supremo Electoral de Guatemala, así como
* la compensación económica por daño inmaterial, material y costas judiciales.”
La entidad indicó que “con base en el artículo 49 de la CADH y el artículo 40.5 de su Reglamento, así como en ejercicio de su función de garante del orden público interamericano, la CIDH reconoció la compatibilidad del acuerdo alcanzado por las partes con los derechos consagrados en la Convención. Asimismo, observó que las medidas de reparación acordadas se encuentran pendientes de cumplimiento, por lo que continuará con el seguimiento hasta constatar su total implementación.”
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA). La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
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